jueves, 16 de mayo de 2013

El fuero sindical de los funcionarios públicos (I Parte)



El derecho de sindicación formó parte del rubro de derechos de los funcionarios públicos en época tardía si se compara con la oportunidad en que se reconoció formalmente como derecho de los trabajadores y su sucedáneo correspondiente: la inamovilidad. De allí que la fuente normativa del derecho sindical de los funcionarios públicos sea de origen laboral, en la medida que no riña con las peculiaridades del régimen estatutario, entre ellas, la estabilidad del funcionario público de carrera. 

En ese sentido, si la actividad sindical es una confrontación de intereses patronales y laborales, en su accionar por la reivindicación laboral -que es en definitiva lo que condensa la actividad sindical- es lógico que el líder sindical-trabajador requiera de una inamovilidad en el trabajo superior a la estabilidad del común de los trabajadores, porque se convierte, producto de la actividad sindical, en blanco de los intereses patronales. Esta necesidad de garantizar la permanencia en el trabajo del líder sindical sólo puede ser explicada por el hecho de que para el resto de los trabajadores la estabilidad es relativa, esto es, no abarca una garantía absoluta de permanencia en el trabajo, por lo cual, para hacer efectivo y viable el derecho a sindicación, es menester garantizarle a aquel su permanencia en el trabajo a través de la inamovilidad -fuero sindical- como una excepción a la estabilidad relativa.

De ese modo, si el contraste entre estabilidad e inamovilidad es lo que explica el fuero sindical, se colige que el fuero sindical de los funcionarios públicos no goza del mismo alcance que en materia laboral, ya que, a diferencia de lo que ocurre con el régimen laboral, los funcionarios públicos de carrera gozan de estabilidad en el cargo en términos tales que bien puede ser calificada de absoluta, lo cual exige un análisis en torno a la justa dimensión del fuero sindical de los funcionarios públicos.