jueves, 1 de agosto de 2013

A los juzgados de municipio compete el amparo contra las oficinas regionales de la Superintendencia Nacional de Arrendamientos



La Sala Constitucional, en sentencia N° 1019 de 29 de julio de 2013, estableció que el amparo constitucional contra las oficinas regionales de la Superintendencia Nacional de Arrendamientos (adscrita al Ministerio del Poder Popular de Vivienda y Hábitat) compete, en primera instancia, a los Juzgados de Municipio de la localidad.

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